#ESPAÑA: | Pedro Sánchez podrá no responder al juez como testigo por ser la investigada su mujer: Begoña Gómez.

 El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha sido citado a declarar el próximo martes 30 de julio en calidad de testigo por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. Sánchez se convertirá así en el primer jefe del Ejecutivo interrogado por los negocios desarrollados por un miembro de su familia, en concreto, por la actividad profesional llevada a cabo por su esposa, Begoña Gómez.

Los testigos tienen obligación de decir verdad o de lo contrario pueden incurrir en un delito de falso testimonio. Además, deben responder a cuantas preguntas les sean planteadas por las partes. Sin embargo, la Ley les exime de declarar en contra de sus parejas o parientes más cercanos.

Pedro Sánchez podrá no responder al juez como testigo por ser la investigada su mujer: Begoña Gómez.


El juez Juan Carlos Peinado, que investiga a Gómez por los delitos de tráfico de influencia y corrupción en los negocios, considera que es necesario practicar la declaración testifical en persona al presidente -la Ley de Enjuiciamiento Criminal brinda la posibilidad de que determinados cargos declaren como testigos por escrito- al entender que Sánchez va a ser interrogado por «cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo». De ahí, que el magistrado tenga previsto desplazarse al Palacio de la Moncloa la próxima semana.

Sin embargo, el salto procesal dado por el instructor de Plaza de Castilla no garantiza que el presidente vaya a prestar declaración por los negocios de Begoña Gómez. La razón estriba en el artículo 416 de la LeCrim donde se recoge que están dispensados de la obligación de declarar «los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil».

El citado artículo reza que «el juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el párrafo anterior que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas». Bajo este amparo legal, el presidente del Gobierno podría, aun compareciendo como testigo, negarse a responder a las preguntas formuladas por el instructor Peinado sobre los negocios de su esposa.

Por otro lado, el artículo 414 de la LeCrim establece que «la resistencia de cualquiera de las personas a que se refieren los apartados 3 y 5 del artículo 412 a recibir en su domicilio o residencia oficial al Juez, o a declarar cuanto supieren sobre lo que les fuere preguntado respecto a los hechos del sumario, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal para los efectos que procedan».

Sin embargo, aunque la Fiscalía que dirige Álvaro García Ortiz decida recurrir en la próximas horas ante la Audiencia Provincial de Madrid la citación de Sánchez, ese recurso no tendría efectos suspensivos, por lo que la comparecencia continuaría adelante. En este sentido, fuentes jurídicas añaden que el hipotético recurso ante el superior jerárquico de Peinado no sería resuelto antes del próximo martes.

Sánchez, como diputado y jefe del Ejecutivo, se encuentra aforado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, único órgano jurisdiccional que puede proceder penalmente contra el presidente del Gobierno, previa petición del suplicatorio al Congreso de los Diputados.

En la providencia de citación de Pedro Sánchez, el instructor hace referencia al «tráfico de influencias en cadena» considerando «conveniente, útil y pertinente» la citación del líder del PSOE. El lunes de la semana pasada, el empresario y consultor Juan Carlos Barrabés aseguró que se reunió en dos ocasiones en La Moncloa con Sánchez y su esposa. Con Gómez, además, mantuvo al menos otra media docena de encuentros en el complejo presidencial. Asimismo, declaró que en las reuniones en las que estaba presente el presidente del Gobierno hablaron de «innovación».

Barrabés -a quien el juez Peinado ha cambiado la condición de testigo como imputado- añadió que, al menos en un encuentro, estuvo presente Manuel de la Rocha, secretario general del Departamento de Asuntos Económicos en el Gabinete de la Presidencia. Las adjudicaciones a una de las sociedades de Barrabés, Innova Next, están en el origen de las diligencias abiertas a Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. La esposa del presidente firmó varias cartas de recomendación en beneficio de esa empresa para contratos de la sociedad pública Red.es en la que Innova Next resultó vencedora.

Si a medida que avance la instrucción, Peinado aprecia indicios delictivos contra el presidente del Gobierno tendría que elevar una exposición razonada ante el Supremo. No obstante, para abrir causa a un aforado, la jurisprudencia de la Sala de lo Penal exige que los indicios recabados contra los mismos sean reforzados.

Por su parte, la estrategia procesal llevada a cabo por Begoña Gómez pasa, de momento, por guardar silencio. La esposa de Sánchez optó el pasado viernes por acogerse a su derecho constitucional a no declarar.

 
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