La Sala Constitucional del TSJ ordenó a
los alcaldes de ocho municipios a tomar las acciones preventivas que
sean necesarias para el control del delito y de esta manera garantizar
la comunicación, interacción y el ejercicio pacífico de los derechos en
cumplimiento de la Ley.
La decisión obedece a que el máximo
tribunal admitió las demandas de protección de derechos e intereses
colectivos interpuestas por un grupo de ciudadanos, contra los alcaldes
Ramón Muchacho, Chacao; Gerardo Blyde, Baruta; David Smolansky, El
Hatillo; Josy Fernández, Los Salias; José Luis Rodríguez, Carrizal,
Carlos García, Libertador; y Omar Lares, Campo Elías. Estos dos últimos
correspondientes al estado Mérida.
El magistrado del TSJ Juan José
Mendoza explicó que las medidas de amparo cautelares establecen acciones
para evitar la vulneración de los derechos fundamentales causados por
las acciones de calles de grupos de oposición:
1. Realizar todas las acciones y
utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la
Constitución y la Ley, con el fin de evitar que se coloquen obstáculos
en la vía pública que impidan el libre tránsito de personas y vehículos.
2. Proceder a la inmediata remoción
de tales obstáculos, y mantener las vías y zonas adyacentes libres de
barricadas, residuos, escombros y cualquier otro elemento que pueda ser
utilizado para obstaculizar la vialidad urbana.
3. Cumplir con su labor de ordenación
del tránsito de vehículos, con el fin fin de garantizar un adecuado y
seguro desplazamiento por las vías públicas de los municipios.
4. Proteger a los vecinos y
habitantes de los municipios impidiendo reuniones en las vías públicas
que coarten el libre tránsito, y evitar que se consuman bebidas
alcohólicas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
5. Ejercer la protección a los niños, niñas y adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías.
6. Velar por la protección del ambiente, saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario.
7. Girar las instrucciones necesarias
en sus respectivos cuerpos de policías municipales, con el fin de dar
cumplimiento efectivo de lo establecido en los artículos 44 y 46, de la
Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional
Bolivariana.
Durante los días lunes y martes las
calles de los referidos municipios estuvieron obstaculizadas por
barricadas que impidieron el paso de vehículos. La MUD se desmarcó de
ese tipo de protestas.
Mendoza advirtió que de no cumplir estas exigencias serán sancionado con el 31 de la Ley de Amparo.